El Ayuntamiento bonificará en el IBI las edificaciones que cuenten con placas para el aprovechamiento de la energía solar

  • Bonificación del 30 por ciento en viviendas residenciales y 15 por ciento en inmuebles de otros usos
  • Durante los cinco periodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación
  • 28 de febrero: plazo límite de solicitud para instalaciones realizadas en 2020

17 de febrero de 2021.- A partir de ahora, los vecinos que instalen en sus inmuebles sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar podrán disfrutar de una bonificación de hasta el 30 por ciento en el recibo del IBI (impuesto de Bienes Inmuebles) durante los cinco años siguientes, gracias a la nueva ordenanza fiscal, aprobada por el Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

La bonificación será del 30 por ciento de la cuota íntegra si se realiza en inmuebles de uso residencial y del 15 por ciento en inmuebles de otros usos. Surtirán efectos desde el período impositivo siguiente al que se concedan, con plazo límite de solicitud hasta el día 31 de diciembre. De forma excepcional, para este año 2021, este plazo será hasta el 28 de febrero.

Las personas interesadas en recibir esta bonificación deberán aportar la instancia general cumplimentada, el proyecto o memoria técnica del certificado de montaje e instalación por un organismo autorizado y el justificante del coste de la instalación o facturas en el Registro del Ayuntamiento (L-V 9-14 horas) o mediante la sede electrónica si se dispone de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

Con esta medida, el Ayuntamiento quiere incentivar la instalación de placas solares para la eficiencia energética, contribuyendo así a la protección del medio ambiente mediante el aprovechamiento y el ahorro de energía con el uso de una fuente de energía renovable como es la solar.

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